Introducción
BYOD es un modelo de empleo de las tecnologías en el ámbito educativo, que complementa los recursos escolares propiamente dichos mediante la colaboración conjunta del hogar y la escuela, con el objetivo de que el uso particular que hacen los alumnos de la tecnología digital de la que disponen se extienda al aula y/o a actividades educativas complementarias, toda vez que, a criterio del Colegio, resulte necesario y/o conveniente.
¿Qué significa la D de “BYOD”?
En lo que se refiere a la sigla en inglés BYOD, la letra D corresponde a la palabra “device” (=“dispositivo”) es decir, un elemento electrónico, portátil, inalámbrico y personal, como por ejemplo notebooks, netbooks, tablets, iPads, etc. Por la veloz rotación tecnológica, es de prever que surjan próximamente nuevos elementos que puedan también entrar en esa categoría, por lo que la anterior enumeración debe tomarse como enunciativa y siempre sujeta a modificaciones.
Disponibilidad de redes e infraestructura:
La implementación de BYOD ha requerido el desarrollo por parte del Colegio y el soporte de una infraestructura inalámbrica de gran magnitud. Para ello, se hizo una evaluación del sistema de redes para determinar las modificaciones y actualizaciones (upgrades) necesarias, antes de su implementación definitiva.
Cualquier uso de la red inalámbrica BDSWiFi supone la responsabilidad personal y el cumplimiento de todas las reglas del Colegio, y el ejercicio cotidiano de la práctica de los valores propios de nuestro ideario, por cierto muy “jaqueados” en los entornos virtuales, tal como sucede en la calle y en los medios en general. El uso de la red BDSWiFi también permite que el personal de la oficina de IT investigue, en cualquier momento y a pedido de las autoridades del Colegio, el uso inapropiado que pudiera hacerse de internet, reportar abusos e inspeccionar los dispositivos y equipos de los alumnos.
El colegio es responsable de:
- Conectividad: proveer una red Wi-Fi con acceso a internet.
- Filtrado de la red: asegurar con la tecnología correspondiente, la protección de datos y filtrado de contenidos.
- Promover y educar en ciudadanía digital.
- Monitorear la actividad de la red.
Contenidos digitales:
Se trata de recursos se presentan en formato digital (como un eBook) y/o aquellos a los que se puede acceder digitalmente, como una página web. Algunos ejemplos son:
- Websites
- Libros de texto digitalizados
- Apps para iOS, Android, Windows, etc.
- Objetos de aprendizaje (diagramas interactivos, mapas conceptuales, calculadoras, graficadoras, etc.)
- Recursos multimedia (videos, imágenes y fotos, archivos de audio, presentaciones, etc.)
- Simulaciones, modelos, realidad aumentada, realidad virtual, etc.
- Organizadores visuales de datos (gráficos, tablas, imágenes interactivas, imágenes 3D, etc.)
Fuente consultada: The New Media Consortium
Existe una gran variedad de contenidos digitales para dispositivos móviles, que facilitan a los estudiantes la realización de trabajos académicos dentro y fuera del aula. Ante la solicitud del docente, el alumno necesitará adquirir los programas, herramientas o contenidos digitales que respondan a un propósito educativo y será responsable de atender las normas de copyright (DRM – Digital Rights Management) correspondientes, de contar con el dispositivo adecuado para su acceso y visualización, así como para la producción de contenidos digitales propios. Resulta imprescindible la capacidad para crear y editar documentos de procesamiento de texto, presentaciones, planillas de cálculo. Navegar en la web y acceder a aplicaciones online. Por su parte, el Colegio pondrá a disposición de la comunidad suscripciones de referencia para consulta.
Guía de uso para los alumnos:
- El uso de dispositivos personales durante las horas de clase queda a consideración de los directivos y docentes, es decir, del área académica. El alumno deberá usar su dispositivo tal como lo indiquen sus maestras y/o profesores.
- El principal propósito del uso de dispositivos personales en el Colegio es educativo. El uso por motivos personales será necesariamente eventual y secundario.
- El uso de un dispositivo personal no debe ser de ninguna manera motivo de falta de atención, ni de interrupción de las clases.
- El uso de dispositivos personales forma desde ahora parte del Reglamento Interno del BDS.
- El alumno no podrá sacar ni hacer circular fotos, videos o ningún otro archivo de otros alumnos o de miembros del personal docente o no docente, ni subirlos a Internet ni publicarlos o difundirlos por medio alguno (redes sociales, correo electrónico, mensajería instantánea, u otros).
- El alumno deberá avisar inmediatamentea su maestra, profesor y/o tutor acerca de cualquier mensaje que reciba o cualquier interacción virtual en la cual se encuentre comprometido y que sea inapropiada o pueda incomodarlo.
- No es responsabilidad del docente ocuparse de fallas técnicas o arreglar los dispositivos del alumno, ni durante las horas de clase, ni fuera de ellas. El/la alumno/a podrá eventualmente consultar al personal técnico de la oficina de IT para ser orientado, una vez finalizada la clase.
- Al alumno o la alumna se le proveerá únicamente el acceso a Internet. No es la misma red a la que normalmente puede acceder desde una computadora del Colegio. Por lo tanto, y como ya se mencionó, no tendrá acceso a archivos, carpetas o impresoras de la red. Las opciones para guardar sus trabajos incluyen un “flash drive”, adjuntos de correo electrónico, un “cloud drive” (e.g. Google drive o Windows drive), o el Aula Virtual de BDS.
- Cuando ocurra un hurto o se dañe su dispositivo personal, el alumno deberá informarlo inmediatamente a una maestra, profesor o tutor.
- Para este programa, la palabra “dispositivo” significa un elemento electrónico, inalámbrico y/o portátil y personal como pueden ser laptops, netbooks, tablets / pizarras, iPod Touches, e-Readers, celulares y smart phones. Este listado no es excluyente y podrán agregarse a él nuevos dispositivos que surjan en el mercado. No se permiten dispositivos de juego (Nintendo DS, Portable Playstation PSP, etc).
Disclaimer de responsabilidad del Colegio:
El alumno trae su dispositivo personal al BDS bajo su exclusiva responsabilidad. Es su deber ser responsable del mantenimiento y protección del mismo.
El Belgrano Day School no es responsable por:
- Los dispositivos personales que se rompan mientras están en el Colegio, o durante actividades escolares.
- Los dispositivos que se pierdan o hurten dentro o fuera del Colegio, o aún durante las actividades escolares.
- El mantenimiento de cualquier dispositivo (carga eléctrica, instalación de actualizaciones (updates o upgrades), o el arreglo de cualquier problema relacionado con el software o hardware).
- La descarga de contenidos digitales en los dispositivos particulares de cada alumno.
Acuerdo para los alumnos y sus padres:
- Todo alumno/a que desee usar un dispositivo electrónico propio dentro del BDS debe leer y aceptar este acuerdo. Su padre y/o madre también deberán leerlo y aceptarlo.
- El/la alumno/a asume la total responsabilidad por su dispositivo y lo debe mantener con él siempre. El Colegio no se hace responsable por la seguridad del mismo. Eventualmente y en caso de fuerza mayor, el alumno cuenta con lockers con candado para dejar transitoriamente allí su equipo.
- El/ la alumno/a es responsable del cuidado de su dispositivo personal, incluyendo cualquier costo –que deberá ser solventado por la familia- de reparación, reemplazo o de cualquier modificación necesaria para su buen uso en el Colegio. La violación de las políticas y/ o del Reglamento del Colegio o de los procedimientos administrativos que involucren al dispositivo personal puede resultar en la prohibición de su uso y/o en una sanción disciplinaria.
- El/la alumno/a debe cumplir con la órdenes impartidas por la maestra o profesor en lo que respecta al cierre de la pantalla o apagado de la computadora/ dispositivo.
- El dispositivo personal debe ser cargado eléctricamente antes de traerlo al Colegio, de modo tal que su duración alcance a cubrir las horas de clase.
- El/la alumno/a no puede utilizar el dispositivo para grabar, transmitir o enviar fotos, videos u otros archivos de una o más personas del Colegio (sean menores o adultos), como así tampoco las imágenes o videos grabados en el establecimiento.
- Durante las horas de clase, el/la alumno/a deberá usar su dispositivo únicamente para acceder a las actividades propias de la dinámica del aula.
- El/ la alumno/a utilizará preferentemente la red inalámbrica del Colegio. El uso de conexiones inalámbricas 3G y 4G excede las posibilidades de filtrado y regulación propuestas por el Colegio, que advierte, sin embargo, la imperiosa necesidad de una utilización responsable de las mismas, afín con el espíritu de estas normas.
De subsistir la situación de emergencia sanitaria actual, el dictado de clases y la realización de otras actividades previstas en el Plan de Continuidad Pedagógica serán ofrecidas bajo las modalidades presencial, no presencial y/o combinada. Las normas previstas en el Reglamento Interno/AIC vigente para el ciclo lectivo 2021 serán aplicables en la medida que correspondan a casos de asistencia presencial, virtual y combinada. En caso de contradicción entre las previsiones del Reglamento Interno/AIC y las pautas establecidas en el presente Anexo, prevalecerán estas últimas.
Se indican a continuación los criterios generales que regirán para el ciclo lectivo 2021:
- Las pautas de evaluación, acreditación, calificación, promoción y certificación serán aquellas que establezcan las autoridades educativas nacionales y/o jurisdiccionales.
- En lo que respecta a las pautas de ingreso, egreso y permanencia de los alumnos en el establecimiento y a las medidas de higiene, regirán los Protocolos que serán oportunamente informados. Se espera que tanto los adultos como los alumnos conozcan y cumplan las medidas sanitarias establecidas en dichos documentos, advirtiéndose que el incumplimiento de las medidas allí previstas podrá condicionar la permanencia y/o participación del alumno en las actividades presenciales y/o acarrear la aplicación de lassanciones disciplinarias previstas en el Reglamento Interno/AIC.
María Matilde Villanueva de Green
BDS Board Member
Versión original Noviembre 2015
Versión actualizada Septiembre 2020